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NORMAS DE TURISMO DE OBSERVACIÓN DE CETÁCEOS O WHALEWATCHING

El Turismo de Observación de Cetáceos (TOC o Whalewatching), corresponde a la actividad recreativa de observar a ballenas, delfines y cetáceos en general, en su entorno natural. Si bien es desarrollada principalmente desde embarcaciones, también es posible desde torres costeras y balsas de observación, si las condiciones ambientales lo permiten. El TOC, forma parte del “turismo de intereses especiales”. Si bien el turismo mundial presenta un promedio anual de crecimiento de un 4%, los observadores de cetáceos superan los nueve millones y crecen en un 12% cada año. El TOC produce ganancias anuales que superan el billón de dólares, y se incrementan anualmente en 18.6% en promedio (E. Hoyt, 2000), constituyendo en condiciones reguladas, una forma sustentable de explotación económica, a la caza comercial y/o científica, con aportes directos e indirectos a la economía local.

Dolphinwatching
El dolphinwatching, corresponde a la categoría dentro del TOC, en la cual las especies observadas, corresponden a cetáceos menores, principalmente de la familia Delphinidae. Cuando realizado desde embarcaciones, suele ser más activa que con ballenas, aprovechando la conducta de bowriding de algunas especies. También se presenta como dolphin-watching.
Whalewatching: de forma general, suele utilizarse para indicar Turismo de Observación de Cetáceos. Sin embargo, corresponde técnicamente a su categoría en la cual las especies objetivo, son grandes cetáceos. Particularmente ballenas, observadas a cierta distancia incluyendo deriva.

Generalidad del Turismo de Observación de Cetáceos (TOC)
Los primeros años de inicio del TOC, en un área, suelen convocar la atención regional y el mercado tiende a presionar por hacerlo masivo. La biología de los cetáceos se expresa negativamente ante una explotación agresiva de su presencia, exhibiendo conductas de rechazo, evadiendo las embarcaciones, minimizando su presencia y hasta abandonar el sitio, dañando las inversiones hasta ese momento desarrolladas. Poniendo . Así, los criterios de mercado resultan insuficientes para regular el Turismo de Observación de Cetáceos, requiriendo apoyarse en el conocimiento científico de la etología1y ecología de los cetáceos para asegurar su presencia y sustentar su explotación.
Contando con regulaciones adecuadas, el TOC ha demostrado no sólo sostenerse como actividad en el tiempo, sino que crecer en tasas económicamente significativas, pudiendo sustentando una industria de servicios muy diversa.
El aumento en las ganancias esta basado no en el número de clientes, sino en la mejora de los servicios: embarcaciones menos ruidosas, más cómodas, con servicios anexos, guías especializados, hotelería y transporte asociados, etc. Sólo si el servicio es de calidad, se logra acceder al circuito internacional de Whalewatchers. Exigente mercado, similar a los Birdwatchers, formado en general por parejas de adultos ya retirados, de Canada, USA y Europa, que no escatiman en gastos mientras viajan por el mundo visitando localidades de TOC, completando su guía de especies observadas y reuniéndose anualmente para compartir sus experiencias. Son clientes muy bien informados y exigentes que aportan grandes ganancias, pero no dudan en condenar los mercados que no protegen adecuadamente este recurso.

Criterio de las regulaciones de TOC
Las regulaciones, basadas en estudios ecológicos formales de la presencia estacional o permanente de la(s) especie(s) objetivo, procuran la mayor y cercana presencia humana con estas, pero sin que los cetáceos alteren su conducta y/o actividades naturales, como forma de garantizar su presencia en el tiempo y permitir entonces inversiones económicas significativas y permanentes.
Las normas regulan principalmente la forma de acercamiento, el tipo de embarcación y horarios de la actividad. La CBI ha incorporado el TOC, como una de las principales temáticas de investigación, creando en 2003, el Comité de Conservación para asegurar el mejor tratamiento posible a esta actividad.
Existe casi un centenar de países que desarrollan el Turismo de Observación de Cetáceos, la mayoría de éstos, siendo miembros de la CBI y utilizando así sus criterios para elaborar los reglamentos respectivos. Las recomendaciones de la CBI, son el resultado de una permanente revisión de investigaciones científicas y experiencias en un esfuerzo internacional por producir un reglamento estandarizado. En consecuencia, son consideradas como las normas mínimas a incorporar a la legislación interna de los países miembros de la CBI, para iniciar adecuadamente la actividad de TOC. Luego, los estudios científicos locales, permiten contar con el conocimiento necesario para adecuar las normativas generales a las realidades particulares de cada sitio.
En consecuencia, el criterio básico es el presentado por el Comité Científico de la CBI, en la forma de Principios Generales para el TOC. Un modelo interno de reglamento basado en investigación local abundante, diversa y reciente, es el caso del reglamento interno de Australia.

Otras legislaciones pueden ser revisadas en: http//:www.responsiblewhalewatching.org