El Turismo de
Observación de Cetáceos (TOC o Whalewatching),
corresponde a la actividad recreativa de observar
a ballenas, delfines
y cetáceos en general, en su entorno natural. Si
bien es
desarrollada principalmente desde embarcaciones,
también es
posible desde torres costeras y balsas de
observación, si
las condiciones ambientales lo permiten. El TOC,
forma parte del
“turismo de intereses especiales”. Si bien el
turismo mundial presenta un promedio anual de
crecimiento de un 4%, los
observadores de cetáceos superan los nueve
millones y crecen
en un 12% cada año. El TOC produce ganancias
anuales que
superan el billón de dólares, y se incrementan
anualmente en 18.6% en promedio (E. Hoyt, 2000),
constituyendo en
condiciones reguladas, una forma sustentable de
explotación
económica, a la caza comercial y/o científica,
con aportes directos e indirectos a la economía
local.
Dolphinwatching
El dolphinwatching, corresponde a la categoría
dentro del
TOC, en la cual las especies observadas,
corresponden a
cetáceos menores, principalmente de la familia
Delphinidae.
Cuando realizado desde embarcaciones, suele ser
más activa
que con ballenas, aprovechando la conducta de
bowriding de algunas
especies. También se presenta como
dolphin-watching.
Whalewatching: de forma general, suele utilizarse
para indicar Turismo
de Observación de Cetáceos. Sin embargo,
corresponde técnicamente a su categoría en la
cual las especies objetivo, son grandes cetáceos.
Particularmente ballenas, observadas a cierta
distancia incluyendo
deriva.
Generalidad
del Turismo de
Observación de Cetáceos (TOC)
Los primeros años de inicio del TOC, en un área,
suelen convocar la atención regional y el mercado
tiende a
presionar por hacerlo masivo. La biología de los
cetáceos se expresa negativamente ante una
explotación agresiva de su presencia, exhibiendo
conductas
de rechazo, evadiendo las embarcaciones,
minimizando su presencia y
hasta abandonar el sitio, dañando las inversiones
hasta ese
momento desarrolladas. Poniendo . Así, los
criterios de
mercado resultan insuficientes para regular el
Turismo de
Observación de Cetáceos, requiriendo apoyarse en
el conocimiento científico de la etología1y
ecología de los cetáceos para asegurar su
presencia y sustentar su explotación.
Contando con regulaciones adecuadas, el TOC ha
demostrado no
sólo sostenerse como actividad en el tiempo, sino
que crecer
en tasas económicamente significativas, pudiendo
sustentando
una industria de servicios muy diversa.
El aumento en las ganancias esta basado no en el
número de
clientes, sino en la mejora de los servicios:
embarcaciones menos
ruidosas, más cómodas, con servicios anexos,
guías especializados, hotelería y transporte
asociados, etc. Sólo si el servicio es de calidad,
se logra
acceder al circuito internacional de
Whalewatchers. Exigente mercado,
similar a los Birdwatchers, formado en general por
parejas de adultos
ya retirados, de Canada, USA y Europa, que no
escatiman en gastos
mientras viajan por el mundo visitando localidades
de TOC, completando
su guía de especies observadas y reuniéndose
anualmente para compartir sus experiencias. Son
clientes muy bien
informados y exigentes que aportan grandes
ganancias, pero no dudan en
condenar los mercados que no protegen
adecuadamente este recurso.
Criterio de
las regulaciones de TOC
Las regulaciones, basadas en estudios ecológicos
formales de
la presencia estacional o permanente de la(s)
especie(s) objetivo,
procuran la mayor y cercana presencia humana con
estas, pero sin que
los cetáceos alteren su conducta y/o actividades
naturales,
como forma de garantizar su presencia en el tiempo
y permitir entonces
inversiones económicas significativas y
permanentes.
Las normas regulan principalmente la forma de
acercamiento, el tipo de
embarcación y horarios de la actividad. La CBI ha
incorporado el TOC, como una de las principales
temáticas de
investigación, creando en 2003, el Comité de
Conservación para asegurar el mejor tratamiento
posible a
esta actividad.
Existe casi un centenar de países que desarrollan
el Turismo
de Observación de Cetáceos, la mayoría
de éstos, siendo miembros de la CBI y utilizando
así sus criterios para elaborar los reglamentos
respectivos.
Las recomendaciones de la CBI, son el resultado de
una permanente
revisión de investigaciones científicas y
experiencias en un esfuerzo internacional por
producir un reglamento
estandarizado. En consecuencia, son consideradas
como las normas
mínimas a incorporar a la legislación interna de
los países miembros de la CBI, para iniciar
adecuadamente la
actividad de TOC. Luego, los estudios científicos
locales,
permiten contar con el conocimiento necesario para
adecuar las
normativas generales a las realidades particulares
de cada sitio.
En consecuencia, el criterio básico es el
presentado por el
Comité Científico de la CBI, en la forma de
Principios Generales para el TOC. Un modelo
interno de reglamento
basado en investigación local abundante, diversa y
reciente,
es el caso del reglamento interno de Australia.
Otras
legislaciones pueden ser revisadas
en: http//:www.responsiblewhalewatching.org
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